Derechos, llave contra la tortura

Salvaguardias para prevenirla

Aconsejan acudir a la CNDH si hay violación a los derechos humanos

Salvaguardias para prevenirla
Aconsejan acudir a la CNDH si hay violación a los derechos humanos

¿Se puede prevenir la tortura?, ¿es posible que, ante situaciones de riesgo frente a alguna autoridad, podamos defender nuestros derechos humanos? Para resolver estas cuestiones e informar a los jóvenes sobre qué pueden hacer ante casos de tortura, en febrero se llevó a cabo la conferencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) titulada: “Manejo y uso de salvaguardas en el ámbito académico”, impartida por el maestro Carlos Garduño Salinas, en la sala José Vasconcelos. Señaló que son la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de los Estados Americanos (OEA) quienes definen la tortura como “todo acto por el cual se infrinja a una persona de manera intencional, dolores o sufrimientos, físicos o mentales graves con la finalidad de obtener información de castigo, coacción y discriminación”. Al respecto, Garduño Salinas resaltó que solamente las autoridades pueden violar los derechos humanos.

Cómo prevenir

Las salvaguardias son básicamente cuatro derechos que tienen las personas que han sido detenidas por alguna autoridad:

  1. Tener derecho a comunicarse con un familiar o con quien se decida. Pero si en la agencia o en el área de separos no hay teléfono, por ese hecho ya todo lo que haya actuado el Ministerio Público sería nulo o inválido.
  2. En cuanto lleguen a la estación de policía o al MP, un médico debe examinarlos para ver si traen algún golpe; si es así, él tomará nota para que se pueda investigar quién fue el responsable. Si les dan una cachetada o simplemente les ponen la pistola en la sien (acciones que no dejan una lesión visible), entonces el médico tendría que asentar: “no hay lesiones, pero me dijo que le pusieron una pistola en la sien”, lo que dará elementos para que ese tipo de abusos se investigue.
  3. Invariablemente el MP tiene que decirles que tienen derecho a un abogado, si no hay un particular, tiene la obligación de conseguirles a un defensor de oficio; si no hay un defensor público, todo lo que se haga ahí sería absolutamente ilegal y se estaría violando el debido proceso, sería absolutamente nulo.
  4. Que den lectura de derechos, sobre todo que se entienda qué pueden hacer con estos. Garduño señaló que si todo lo anterior no funciona o si al detenido ya le han violado sus derechos, se puede llamar a la CNDH para que un visitador acuda al lugar y pida entrevistarse con la persona para verificar su situación; enfatiza que hacer uso de estas salvaguardas, es la manera más eficaz y gratuita de ayudar a la ciudadanía a empoderarse de sus derechos.

 

Compartir: