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Derechos universitarios

Plena independencia y autonomía para velar por la igualdad

Derechos universitarios
Plena independencia y autonomía para velar por la igualdad

El pleno del Consejo Universitario de la UNAM aprobó el Reglamento de la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género, que detalla la naturaleza, objeto y funciones de este órgano que tiene carácter autónomo e independiente de cualquier autoridad universitaria, y libertad para ejercer su presupuesto y atribuciones.

En la segunda sesión del año del máximo órgano de gobierno de la Universidad Nacional, el rector Enrique Graue Wiechers celebró la aprobación del Reglamento, así como la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de despenalizar el aborto en la República mexicana.

“No, tampoco soluciona el libre uso del cuerpo de las mujeres, pero es un paso adelante y tendremos que ir dando pasos con firmeza, sin descanso, hasta que erradiquemos todo tipo de violencia, y en particular contra las mujeres”, sostuvo el funcionario.

El documento se divide en seis capítulos y 38 artículos en los que se señala su estructura orgánica y que se rige bajo los principios de independencia, buena fe, objetividad, imparcialidad, legalidad, diligencia debida, confidencialidad, eficiencia, perspectiva de género y enfoque de derechos humanos.

En materia de violencia de género, destaca que se aplicarán también los principios de información adecuada, transparencia, accesibilidad, autonomía de la voluntad e interés superior de la niñez.

Sobre la organización, precisa la forma cómo se elige a la persona titular, su duración en el cargo, reelección y separación, así como de las personas defensoras adjuntas.

Explica las características de su Consejo Consultivo, órgano colegiado, honorífico, técnico y especializado que propone acciones para fortalecer los derechos universitarios y la igualdad de género.

Además, desglosa los procedimientos que la Defensoría realiza, la manera en que se busca restituir los derechos de las personas afectadas, las recomendaciones que este órgano puede hacer y los recursos a los que puede recurrir en caso de que éstas no sean atendidas.

La Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género es el órgano creado por el Consejo Universitario para salvaguardar los derechos que establece la Legislación Universitaria a favor de los estudiantes y académicos de la UNAM.

Es un ombudsman que interviene para alcanzar soluciones a los problemas planteados por estudiantes y académicos, cuando esas situaciones se encuentran dentro de su competencia, pero no juzga ni emite sentencias, sólo recomendaciones dirigidas a las autoridades cuando se ha vulnerado un derecho establecido en favor de académicos o estudiantes.

Sus recomendaciones no son obligatorias, pero adquieren obligatoriedad cuando una autoridad las acepta. Cuando la autoridad no admita una recomendación, debe señalar exhaustivamente las razones por las cuales la rechaza.

Su antecedente más remoto es el estatuto que data del 29 de mayo de 1985, mediante el cual se crea la Defensoría de los Derechos Universitarios, y su reglamento, aprobado el 30 de julio de 1987. El Consejo Universitario aprobó, el 7 de agosto del 2000, un nuevo estatuto para crear la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género.

El marco normativo se complementa con los Lineamientos generales para la igualdad de género en la UNAM, acordados por la Comisión Especial de Equidad de Género del Consejo Universitario, publicados el 7 de marzo de 2013; las Políticas Institucionales para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de Casos de Violencia de Género en la UNAM, por acuerdo rectoral, publicado el 29 de agosto de 2016.

El Acuerdo que aprueba el uso de medios electrónicos para llevar a cabo comunicaciones, notificaciones, y demás actos procesales de los procedimientos a cargo de la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género, del 23 de noviembre del 2020.

El Código de Ética y el Reglamento de la Comisión de Ética y de Prevención de conflictos de intereses de la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y el presente Reglamento, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en Gaceta UNAM. 

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